Video y fotografías para denunciar infractores de tránsito deben tener fecha y hora de los hechos
Estas pruebas deben ser claras y no haber sido adulteradas o manipuladas.
Se debe ver claramente la Placa Única Nacional, y en los vehículos de carga y de pasajeros podrá incluirse el Número Interno, el nombre de la empresa y/o colores corporativos.
Las pruebas que aporte el denunciante deben hacerse en la plataforma RECORD en el enlace https://mintransporte.gov.co/publicaciones/11627/registro-d…
Cartagena de Indias, D. T. y C., 14 de marzo de 2024.- Los videos y fotografías que se compartan de infractores de normas de tránsito deben tener información de fecha y ubicación. Esto permitirá que el material probatorio sea positivo para la investigación.
El director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, José Ricaurte, agradece a los ciudadanos que envían material audiovisual de conductores que realizan maniobras peligrosas en la vía, y los invita a seguir las instrucciones que el Ministerio del Transporte ha establecido para denunciar infracciones o acciones de peligro por parte de conductores en el país.
El funcionario se reunió en Bogotá con delegados del Ministerio de Transporte, donde se socializó el alcance de la circular que estableció el Registro de Condiciones de Riesgo en los Desplazamientos – RECORD.
“Hemos hecho una reunión con el Ministerio del Transporte, donde se coordinan las acciones de habilitación de la plataforma RECORD, que nos va a ayudar muchísimo para que las pruebas que se puedan recaudar sean un instrumento positivo para iniciar un proceso sancionatorio. Es una herramienta importante, por eso les decimos a los ciudadanos que deben tener en esos registros fotográficos o videos que evidencien la infracción, el tiempo y la ubicación, esto permite corroborar que no sean videos antiguos o de otra ciudad”, precisó el funcionario.
Las pruebas que aporte el denunciante deben hacerse en la plataforma RECORD en el enlace https://mintransporte.gov.co/publicaciones/11627/registro-d… . Se debe ver claramente la Placa Única Nacional, y en los vehículos de carga y de pasajeros podrá incluirse el Número Interno, el nombre de la empresa y/o colores corporativos. Así mismo, fotos y videos deben incluir fecha, hora, punto de referencia (PR) y sitio representativo, si es posible.
Entre más información sea aportada por el denunciante, se facilitará la labor de la autoridad de tránsito para determinar si al presunto infractor le es aplicable una sanción por infringir el Código Nacional de Tránsito. Estas pruebas deben ser claras y no haber sido adulteradas o manipuladas.
“A todos (los que envían material audiovisual), les decimos que son colaboradores Y agentes privilegiados de tránsito que nos ayudan, y tienen esa vocación de servicio que a nosotros nos sirve mucho, para que podamos generar un proceso de transformación de Cartagena”, manifestó el director del DATT.
Fin del Comunicado No. 445
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