Trámite
Traspaso de propiedad de un vehículo automotor
A cargo de: Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Obtener la inscripción de la transferencia de la propiedad de un vehículo automotor.
- Modalidad
- Presencial
- Costo
- Con costo
- Tiempo
- Obtención inmediata
- Tipo
- Trámite
- Dependencia
- Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Obtener la inscripción de la transferencia de la propiedad de un vehículo automotor.
- Reunir documentos: Formulario: FORMULARIO DE SOLICITUD DE TRAMITES DEL REGISTRO NACIONAL AUTOMOTOR
- Disponible para ser diligenciado: http://tramites1.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?F=526&A=15982
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica. Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este también deberá estar registrado
- Cédula de ciudadanía: 1 Fotocopia(s)
- Contrato de mandato o poder especial: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: A través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el trámite a un tercero
- Contrato de compraventa, documento o declaración: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: En el que conste la transferencia del derecho del dominio del vehículo, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles. Se debe adherir las respectivas improntas en la parte final o al reverso del documento.
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito
- Improntas: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Deben adherirse en la parte final o al reverso del contrato de compraventa, documento o declaración. En el caso de traspaso de vehículos producto de una decisión judicial o administrativa las improntas del número del motor, serie, chasis, VIN o número único de identificación deberán adherirse a la sentencia judicial o acto administrativo de adjudicación y en el caso de traspaso de vehículos de importación temporal por sustitución del importador, deberán adherirse al reverso de la declaración de importación modificatoria
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- No tener órdenes judiciales u otras medidas administrativas expedidas por autoridad competente que imponga limitaciones a la propiedad del vehículo
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Tener Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Contar con la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes. Esta no será requerida para vehículos particulares con matrícula inferior a 6 años, para vehículos de servicio público con matrícula inferior a 2 años, para vehículos con placas extranjeras que ingresen hasta por 3 meses al país, para traspaso de vehículos a compañías de seguros por hurto, por pérdida parcial o destrucción parcial
- Recibo de pago por concepto de retención en la fuente del vehículo: 1 Original(es)
- Formulario de declaración y pago de impuestos de vehículos, con sello del banco respectivo: 1 Original(es)
- Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- *Para el traspaso a una compañía de seguros por pérdida parcial o destrucción parcial
- Peritaje de la compañía aseguradora :1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: En donde se determina la pérdida parcial o destrucción parcial
- *Para el traspaso de un vehículo blindado
- Resolución a través de la cual se autoriza al nuevo propietario el uso del vehículo blindado:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Expedida por la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada, excepto para los niveles 1 y 2
- Resolución desmontaje de blindaje:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Expedida por la Superintendencia de vigilancia y seguridad privada, excepto para los niveles 1 y 2
- Resolución desmontaje de blindaje:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Expedida por la empresa blindadora que efectuó el desmonte, la cual deberá estar registrada ante la superintendencia de vigilancia
- *Para el traspaso de vehículo por sucesión
- Escritura pública:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: En la cual se acredita el respectivo derecho
- *Para el traspaso de vehículos de importación temporal por sustitución del importador
- Declaración de importación modificatoria:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Donde se registra el nuevo importador autorizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- *Para el traspaso de vehículos de servicio público de pasajeros y mixto
- Contrato de cesión del derecho de vinculación o afiliación :1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Suscrito por el cedente y el cesionario
- Carta de solicitud:1 Original(es)
- *Para el traspaso de vehículos producto de una decisión judicial o administrativa
- Sentencia judicial o acto administrativo de adjudicación :1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Según el caso deberán adherirse las improntas del número del motor, serie, chasis, VIN o número único de identificación. - Según el caso deberán adherirse las improntas del número del motor, serie, chasis, VIN o número único de identificación
- *Si el vehículo presenta limitación o gravamen a la propiedad
- Documento en el que conste el levantamiento o autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación en el que acepta la continuación de este con el nuevo propietario:1 Original(es)
- Presentar documentos: Canal de atención
- PRESENCIAL:
- Puntos de Atención: DATT – Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5 6564412
- Puntos de Atención: DATT RONDA REAL Cartagena / Bolívar CR 54 # 53 - 56, LC 133
- Horarios de atención: LUNES A VIERNES 8:00 AM - 12:00 PM. 2:00PM- 4:00PM. SABADO: 8:00 AM 11:00 AM
- Teléfonos: (57)(605) 6544412 –
- Realizar el pago de los derechos del Trámite a favor del Ministerio de Transporte, RUNT y Organismo de tránsito: Pago
- Notificarse de la respuesta: Canal de atención
- CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]
- PRESENCIAL:
- Puntos de Atención: DATT – Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5 6564412
- Puntos de Atención: DATT RONDA REAL Cartagena / Bolívar CR 54 # 53 - 56, LC 133
- Horarios de atención: LUNES A VIERNES 8:00 AM - 12:00 PM. 2:00PM- 4:00PM. SABADO: 8:00 AM 11:00 AM
- Teléfonos: (57)(605) 6544412 –
- Resolución 20213040048735 de 2021, (Artículo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Acuerdo 019 de 2015, (articulo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 1940 de 2018, (Artículo 151) Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 5194 de 2008, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 3275 de 2008, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 488 de 1998, (Artículo 148) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 12379 de 2012, (Artículos 3 - 7, 12 ) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 1005 de 2006, (Artículo 6) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 769 de 2002, (Artículo 47) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 201 - 202) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20144010289831 de 2014, (Toda) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20194200503511 de 2019, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Otra fuente de consulta Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
Fecha de última actualización: 07/09/2026