Trámite
Regrabación de serial o chasis de remolques y semirremolques
A cargo de: Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Inscripción, trazo o impresión en el bloque del chasis cuando dicho número de identificación haya sido deteriorado, alterado, se dificulte su lectura, se pre…
- Modalidad
- Presencial
- Costo
- Con costo
- Tiempo
- Obtención inmediata
- Tipo
- Trámite
- Dependencia
- Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Inscripción, trazo o impresión en el bloque del chasis cuando dicho número de identificación haya sido deteriorado, alterado, se dificulte su lectura, se presente pérdida de la plaqueta de identificación del mismo o por decisión judicial.
- Reunir documentos: Formulario: Formulario de solicitud de trámites del registro nacional de remolques, semirremolques, multimodulares y similares
- Disponible para ser diligenciado: http://tramites1.suit.gov.co/registro-web/suit_descargar_archivo?F=2740&A=33270
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica. Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este también deberá estar registrado
- Cédula de ciudadanía : 1 Copia(s)
- Contrato de mandato o poder especial: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: A través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el trámite a un tercero
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito
- Certificación de la revisión técnica posterior a la regrabación realizada por la DIJIN: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Donde se certifiquen los guarismos regrabados
- Certificado de la revisión técnica previa a la regrabación realizada por la DIJIN: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: En la que se determine el estado de identificación del remolque o semirremolque, especificando la necesidad de practicar la regrabación
- Improntas: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: En caso de deterioro o daño las improntas deben adherirse en la revisión previa y en la posterior,en los casos de pérdida se adherirán las improntas de los guarismos regrabados
- Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- *Cuando la regrabación se realiza por decisión judicial
- Decisión judicial que ordena o autoriza la regrabación:1 Original(es)
- Presentar solicitud: Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- el organismo de transito verificara la documentación requerida para el tramite
- Canal de atención
- PRESENCIAL
- Puntos de Atención: DATT - Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de Atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5) 6564412
- Puntos de Atención: DATT RONDA REAL Cartagena / Bolívar CR 54 # 53 - 56, LC 133
- Horarios de Atención: LUNES A VIERNES 8:00 AM - 12:00 PM. 2:00PM- 4:00PM. SABADO: 8:00 AM 11:00 AM
- Teléfonos: (57)(605) 6544412
- Realizar el pago de los derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte, RUNT y Organismo de Tránsito: Pago
- Notificarse de la respuesta: Canal de atención
- CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]
- PRESENCIAL
- Puntos de Atención: DATT - Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de Atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5) 6564412
- Puntos de Atención: DATT RONDA REAL Cartagena / Bolívar CR 54 # 53 - 56, LC 133
- Horarios de Atención: LUNES A VIERNES 8:00 AM - 12:00 PM. 2:00PM- 4:00PM. SABADO: 8:00 AM 11:00 AM
- Teléfonos: (57)(605) 6544412
- Acuerdo 019 de 2015, (articulo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20144010289831 de 2014, (Toda) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 49) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 1005 de 2006, (Artículo 6) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 12379 de 2012, (Artículos 3 - 7, 20 numeral 7) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 3405 de 2013, (Artículo 7) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 1044 de 2013, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 1062 de 2013, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20144010489341 de 2014, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 2020203040016055 de 2020, (Artículo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20194200503511 de 2019, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Otra fuente de consulta Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
Fecha de última actualización: 07/09/2026