Trámite
Recategorización de la licencia de conducción
A cargo de: Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Obtener el cambio en la categoría de la licencia de conducción.
- Modalidad
- Presencial
- Costo
- Con costo
- Tiempo
- Obtención inmediata
- Tipo
- Trámite
- Dependencia
- Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Obtener el cambio en la categoría de la licencia de conducción.
- Reunir documentos: Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural
- Cédula de ciudadanía : 1 Fotocopia(s)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Haber realizado el examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz, donde la evaluación demuestre que es una persona apta para conducir
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Contar con el certificado de aptitud en conducción para la categoría que se solicita la licencia de conducción, el cual debe ser expedido por un Centro de enseñanza Automovilístico debidamente habilitado y autorizado por el Ministerio de Transporte
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Presentar y aprobar el examen teórico y práctico ante la entidad debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte
- Presentar solicitud: Canal de atención
- PRESENCIAL:
- Puntos de Atención: DATT – Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5 6564412
- Puntos de Atención: DATT RONDA REAL Cartagena / Bolívar CR 54 # 53 - 56, LC 133
- Horarios de atención: LUNES A VIERNES 8:00 AM - 12:00 PM. 2:00PM- 4:00PM. SABADO: 8:00 AM 11:00 AM
- Teléfonos: (57)(605) 6544412 –
- Realizar el pago de los derechos del Trámite a favor del Ministerio de Transporte, RUNT y Organismo de transito: Pago
- Ley 2027 de 2019, (Artículo 3) Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20194200503511 de 2019, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 1383 de 2010, (Artículo 5 parágrafo 1, artículo 6) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20144010489341 de 2014, (Toda) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 769 de 2002, (Artículo 24) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 1005 de 2006, (Artículo 6) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 12379 de 2014, (Artículo 29 numeral 11) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20144010289831 de 2014, (Toda) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 23) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Resolución 2020203040016055 de 2020, (Artículo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto 019 de 2015, (articulo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Otra fuente de consulta Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
Fecha de última actualización: 07/09/2026