Trámite
Expedición de la tarjeta de operación
A cargo de: Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Documento único que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público de transporte de pasajeros bajo la responsabilidad de una empresa de tr…
- Modalidad
- Presencial
- Costo
- Con costo
- Tiempo
- Obtención inmediata
- Tipo
- Trámite
- Dependencia
- Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte – DATT
Documento único que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público de transporte de pasajeros bajo la responsabilidad de una empresa de transporte, de acuerdo con los servicios o radio de acción autorizados. La tarjeta de operación se expedirá únicamente a los vehículos legalmente vinculados a las empresas de transporte público debidamente habilitadas y que cumplan con la capacidad transportadora fijada a cada una de ellas.
- Reunir documentos: Solicitud de tarjeta de operación suscrita por el representante legal: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Donde se relacionen los vehículos, discriminados por clase y por nivel de servicio, indicando: clase, marca, modelo, número de placa, capacidad y tipo de combustible para cada uno de ellos
- Certificación sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de propiedad de la empresa: 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Suscrita por el representante legal
- Tarjeta de propiedad de los vehículos: 1 Fotocopia(s)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Tener Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOAT, de cada uno de los vehículos
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Contar con la constancia de la revisión técnico-mecánica vigente, a excepción de los vehículos último modelo
- Certificación en la que conste que el vehículo está amparado por las pólizas de seguros de responsabilidad civil contractual y extra contractual : 1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Expedida por la compañía de seguros
- Presentar solicitud: Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- el organismo de transito verificara la documentación requerida para el tramite
- Carta de solicitud: 1 Original(es)
- Canal de atención:
- PRESENCIAL:
- Puntos de Atención: DATT - Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de Atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5) 6564412
- Realizar el pago de los derechos del trámite a favor del Ministerio de Transporte, RUNT y Organismo de Tránsito: Pago
- Notificarse de la respuesta: CORREO ELECTRÓNICO: [email protected]
- PRESENCIAL:
- Puntos de Atención: DATT - Manga Cartagena / Bolívar AK 4 # 17 - 189
- Horarios de Atención: De lunes a viernes 8 am a 1 pm y de 2 pm a 5 pm Sábados de 8 am a 12 pm
- Teléfonos: (5) 6564412
- Resolución 2020203040016055 de 2020, (Artículo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 105 de 1993, (Artículo 3) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 1005 de 2006, (Artículos 6, 7, 8 y 15) Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Circular 20144010289831 de 2014, (Toda) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Acuerdo 019 de 2015, (articulo 1) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto único reglamentario 1079 de 2015. Artículos: 2.2.1.3.8.3; 2.2.1.3.8.5; … Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Otra fuente de consulta Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
Fecha de última actualización: 07/09/2026