Trámite
Cancelación de la personería jurídica de las organizaciones comunales de primero y segundo grado
A cargo de: Secretaría de participación y desarrollo social
Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organ…
- Modalidad
- Presencial
- Costo
- Gratuito
- Tiempo
- 30 DIA(S)
- Tipo
- Trámite
- Dependencia
- Secretaría de participación y desarrollo social
Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización.
- Reunir documentos: Solicitud de cancelación de personería jurídica: 1 Original(es) (Solicitud de Liquidación y Cancelación de la Personería Jurídica)
- Anotaciones Adicionales: Dirigida a la secretaría de gobierno o su equivalente en el que se solicite la cancelación de la personería por disolución de la organización - Dirigida a la secretaría de Participación y Desarrollo Social , la cual debe ir acompañada de los documentos pertinentes (acta de asamblea, inventario de bienes, obligaciones pendientes, nombre del liquidador, avisos de Ley, copia del proceso de liquidación)
- Acta de asamblea : 1 Copia(s) (Acta de Asamblea)
- Anotaciones Adicionales: Donde se acuerde la disolución de la entidad por motivos tales como: inactividad total de la organización, la imposibilidad de cumplir el objeto social o por necesidad de fusionarse con otra organización comunal vecina - Cuando se realice proceso de liquidación o disolución por voluntad de los afiliados se deberá aportar la documentación pertinente al órgano de inspección vigilancia y control para su aprobación
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- La Secretaria de Participación y Desarrollo Social, asigna los profesionales y técnicos para control de legalidad y cumplimiento de los requisitos del proceso de liquidación conforme a lo dispuesto en el capítulo 7 de la Ley 743 de 2002.
- Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- *En caso que exista un presunto incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley y sus reglamentos por parte de un organismo de acción comunal
- Decisión de la entidad que ejerce inspección, control y vigilancia:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: En la que se evidencie la existencia del presunto incumplimiento
Fecha de última actualización: 07/09/2026