Trámite
Ascenso en el escalafón nacional docente
A cargo de: Secretaria de educación
Aumentar un grado dentro de la escala salarial para los docentes que deseen mejorar sus ingresos.
- Modalidad
- En línea
- Costo
- Gratuito
- Tiempo
- 15 DIA(S)
- Tipo
- Trámite
- Dependencia
- Secretaria de educación
Aumentar un grado dentro de la escala salarial para los docentes que deseen mejorar sus ingresos.
- Identificar el grado al que desea ascender, reunir documentos y cumplir las condiciones: Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla.
- A quienes se vinculen a partir de la vigencia del decreto 1278 de 2002 para desempeñar cargos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica (primaria y secundaria) o media, y a quienes sean asimilados de conformidad con lo dispuesto en esa norma se les aplicará lo establecido en dicho Decreto.
- Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- *Si su profesión es perito o experto en educación y desea ascender al grado siete (7)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla.
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso.
- *Si el docente ha participado efectivamente en un estudio científico de la educación.
- Informe final de la investigación :1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: Validado por el Comité de Capacitación Docente el cual otorgará el número de créditos válidos para el ascenso que podrá oscilar de cinco (5) a once (11) según la profundidad y transcendencia.
- *Si el docente perteneciera a un colegio o institución privada
- Certificado de tiempo de servicio:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: Que contenga nombre y apellidos completos, identificación, última dirección residencial, categoría o grado en el escalafón y especialidad en el mismo, meses y días de trabajo en el año respectivo, calidad de profesor por horas o docente de tiempo completo, materias dictadas y curso o cursos en que las dictó.
- *Si su profesión es perito o experto en educación y desea ascender al grado cuarto (4)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo cinco (5) créditos
- *Si su profesión es perito o experto en educación y desea al grado ocho (8)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo siete (7) créditos
- *Si su profesión es perito o experto en educación y desea al grado tres (3)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es bachiller pedagógico o normalista superior y adelantan formación de pregrado en educación.
- Certificado de notas universitarias:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: En el cual se indique la formación parcial correspondiente a dos (2) semestres o a un año (1) académico completo, el cual le servirá como requisito de capacitación para el ascenso al grado inmediatamente siguiente de acuerdo con su título.
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado cinco (5)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla.
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso.
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo seis (6) créditos
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado cuarto (4)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado dos (2)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir dos (2) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado ocho (8)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado seis (6)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado siete (7)
- Condición: o debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo siete (7) créditos
- *Si su profesión es bachiller pedagógico y desea ascender al grado tres (3)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo cinco (5) créditos
- *Si su profesión es licenciada en ciencias de educación y desea ascender al grado catorce (14)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- No tener sanciones con exclusión del escalafón docente
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir dos (2) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Obra de carácter científico, pedagógico y/o técnico:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: Deberá ser reconocida por el Ministerio de Educación Nacional
- Título posgrado:1 Fotocopia(s)
- Certificado de idoneidad del título de posgrado:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Expedido por el Ministerio de Educación Nacional, podrá solicitarlo vía web ingresando por la página www.mineducacion.gov.co, en la opción trámites / Educación Superior/ Ventanilla Única del Ministerio de Educación Nacional/ escoge la opción Solicitud de certificación de idoneidad del título de postgrado
- *Si su profesión es licenciado en ciencias de educación y desea ascender al grado diez (10)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es licenciado en ciencias de educación y desea ascender al grado doce (12)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es licenciado en ciencias de educación y desea ascender al grado nueve (9)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo cinco (5) créditos
- *Si su profesión es licenciado en ciencias de educación y desea ascender al grado ocho (8)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es licenciado en ciencias de educación y desea ascender al grado once (11)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo seis (6) créditos
- *Si su profesión es licenciado en ciencias de educación y desea ascender al grado trece (13)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo siete (7) créditos
- *Si su profesión es perito o experto en educación y desea ascender al grado cinco (5)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es perito o experto en educación y desea ascender al grado seis (6)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo seis (6) créditos
- *Si su profesión es profesional con título universitario o licenciado en ciencia de educación y adelantan formación de postgrado en educación
- Certificado de notas universitarias:1 Fotocopia(s)
- Anotaciones Adicionales: Donde se indique la formación parcial correspondiente a dos (2) semestres o a un año (1) académico completo, el cual le servirá como requisito de capacitación para el ascenso al grado inmediatamente siguiente de acuerdo con su título
- *Si su profesión es profesional con título universitario educación y desea ascender al grado diez (10)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo seis (6) créditos
- *Si su profesión es profesional con título universitario educación y desea ascender al grado catorce (14)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir dos (2) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- No tener sanciones con exclusión del escalafón docente
- Obra de carácter científico, pedagógico y/o técnico:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Reconocida por el Ministerio de Educación Nacional
- Título posgrado:1 Fotocopia(s
- Certificado de idoneidad del título de postgrado:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Expedido por el Ministerio de Educación Nacional, podrá solicitarlo vía web ingresando por la página www.mineducacion.gov.co, en la opción trámites / Educación Superior/ Ventanilla Única del Ministerio de Educación Nacional/ escoge la opción solicitud de certificación de idoneidad del título de postgrado
- *Si su profesión es profesional con título universitario educación y desea ascender al grado nueve (9)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es profesional con título universitario educación y desea ascender al grado ocho (8)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo cinco (5) créditos
- *Si su profesión es profesional con título universitario educación y desea ascender al grado once (11)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es profesional con título universitario educaciòn y desea ascender al grado siete (7)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesiòn es profesional con titulo universitario educación y desea ascender al grado trece (13)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo siete (7) créditos
- *Si su profesión es profesional con titulo universitario educaciòn y desea ascender al grado seis (6)
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: Haber cursado y aprobado programas especiales de estudios pedagógicos que tengan una duración no inferior a un (1) año y que éstos sean ofrecidos por las universidades y demás instituciones de educación superior, nacionales o extranjeras que posean una facultad de educación u otra unidad académica dedicada a la educación.
- *Si su profesiòn es profesional con título universitario educación y desea ascender al grado diez (10)
- Condiciòn: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesiòn es tecnólogo en educación y desea ascender al grado nueve (9)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo seis (6) créditos
- *Si su profesión es tecnólogo en educación y desea ascender al grado ocho (8)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesiòn es tecnólogo en educación y desea ascender al grado once (11)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo siete (7) créditos
- *Si su profesiòn es tecnólogo en educación y desea ascender al grado siete (7)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo cinco (5) créditos
- *Si su profesión es técnico o experto en educacion (normalista) y desea ascender al grado cinco (5)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es técnico o experto en educación (normalista) y desea ascender al grado diez (10)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo siete (7) créditos
- *Si su profesión es técnico o experto en educación (normalista) y desea ascender al grado nueve (9)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- *Si su profesión es técnico o experto en educación (normalista) y desea ascender al grado ocho (8)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo seis (6) créditos
- *Si su profesion es técnico o experto en educación (normalista) y desea ascender al grado seis (6)
- Condicion: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Certificación de capacitación:1 Original(es)
- Anotaciones Adicionales: De los cursos avalados por los Comités de Capacitación Docente, en la cual se otorgue como mínimo cinco (5) créditos
- *Si su profesion es técnico o experto en educación (normalista) y desea ascender al grado siete (7)
- Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
- Cumplir cuatro (4) años de contados a partir de la fecha indicada en el último ascenso
- Radicar documentaciòn: Puntos de Atención: Secretaria de Educación Distrital Cartagena / Bolívar CL 36 # 10 - 49, OF plazoleta Benkos Biohó plazoleta de telecom
- Horarios de Atención: 8:00am - 12:00m 2:00pm - 6:00pm de Lunes a Jueves 8:00am - 12:00m 2:00pm-5:00pm viernes
- Teléfonos: (5) 6501092 - 1615
- Web: http://sac2.gestionsecretariasdeeducacion.gov.co/app_Login/?sec=18
- Notificarse de la respuesta: Ascenso en el escalafón docente según el grado solicitado.
- Puntos de Atención: Secretaria de Educación Distrital Cartagena / Bolívar CL 36 # 10 - 49, OF plazoleta Benkos Biohó plazoleta de telecom
- Horarios de Atención: 8:00am - 12:00m 2:00pm - 6:00pm de Lunes a Jueves 8:00am - 12:00m 2:00pm-5:00pm viernes
- Teléfonos: (5) 6501092 - 1615
- Web: http://sac2.gestionsecretariasdeeducacion.gov.co/app_Login/?sec=18
- Decreto 709 de 1996, (Artículos 15 -19) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto 2277 de 1979, (Artículos 1, 10, 11-13, 39, 42, 43) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto 897 de 1981, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Ley 715 de 2001, (Artículos 6 numeral 6.2.3; 6.2.15, artículo 7 numeral 7.3; 7… Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto 0385 de 1998, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto 259 de 1981, (Artículos 6-13; 17-24) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Directiva 03 de 2009, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Decreto 1278 de 2002, (Todos) Enlace externo a tramites1.suit.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
- Otra fuente de consulta Enlace externo a www.suin-juriscol.gov.co. Se abre en una ventana nueva.
Fecha de última actualización: 07/09/2026