EPA Cartagena suspende actividades a tres obras de construcción en Getsemaní

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-La autoridad ambiental recuerda que las obras de infraestructura generan Residuos de Construcción y Demolición (RCD) por lo que deben contar con un PIN GENERADOR.

- Este PIN es una identificación que da el EPA Cartagena, que sirve como permiso, y permite realizar un seguimiento para garantizar la adecuada disposición final de dichos residuos.

- En lo que va del año van más de 40 suspensiones de actividades a obras por no contar con los PINES de RCD.

Cartagena de Indias D.T. y C., 20 de noviembre de 2024. EPA Cartagena suspendió las actividades de tres obras de construcción en el barrio Getsemaní por no contar con el PIN para generadores, transportadores y receptores que se otorga mediante una inscripción ante la autoridad ambiental para el manejo y gestión de estos residuos.

El operativo se realizó en conjunto con la Guardia Ambiental y la Policía Metropolitana de Cartagena con el fin de hacerle seguimiento a los RCD que se están generando en los barrios Getsemaní y Centro Histórico.

Estos operativos se están haciendo en toda la ciudad incluida la zona sur oriental y especialmente en aquellos barrios donde se han intensificado las obras de construcción. En lo que va del año 2024 van más de 40 suspensiones de actividades a obras por no contar con estos PINES de RCD.

La manera de garantizar que estos residuos tengan una buena disposición final sin generar contaminación en Cartagena es a través del PIN.

“En Getsemaní, encontramos tres obras que no tenían el permiso ambiental que busca garantizar la buena disposición de estos residuos de construcción, este permiso se tramita en el EPA  a través de un PIN generador que le da potestad al constructor de la disposición de estos residuos por medio de un transporte que también contará con un PIN transportador para garantizar que los residuos va a un relleno sanitario o lugar que también debe contar con un PIN Receptor”, explicó Javier Pineda, subdirector de Técnico y Desarrollo Sostenible del EPA Cartagena.

Solo así se convierten en gestores autorizados para estas actividades y se controla la disposición de estos residuos que afectan ambientalmente las zonas y ciudades.

Y afirmó: “Esto asegura que se garantice la trazabilidad de un proceso sostenible con el ambiente y que dichos residuos no vayan a parar a los cuerpos de agua de la ciudad o rellenos que se están haciendo y que afectan la vida de la flora y fauna de los ecosistemas”.

El PIN es un número único que se utiliza para inscribir a los generadores y transportadores de RCD quiénes deben cumplir con las siguientes obligaciones:

• Los generadores deben registrarse ante la autoridad ambiental y elaborar un Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición (PGRCD) 
• Los transportadores deben portar un documento que acredite el origen y destino de los residuos 
• Los generadores deben entregar los RCD en sitios autorizados a través de transportadores registrados.


Conozca la norma y el proceso para obtener el PIN

Todos estos requisitos y procesos se encuentran consagrados en la Resolución 0658 de 2019, por medio de la cual se adoptan los lineamientos técnicos ambientales para el manejo, aprovechamiento, transporte y disposición final de los residuos de construcción y demolición.

El EPA Cartagena recuerda a constructores y comunidad en general la importancia de contar con el PIN generador antes de empezar una obra y así mismo, exigirle a los transportadores contar también con el PIN transportador.

Requisitos para PIN generador:

- Copia de documento de Identificación: Cédula (Persona Natural) o Certificado de Cámara de Comercio (Empresa).
- Copia del RUT Persona Natural o Empresa
- Copia de la licencia de construcción en caso de que aplique. Y en caso de que no requiere la expedición de licencia de construcción en cualquiera de sus modalidades y/o licencia de intervención y ocupación del espacio público, presentar una carta firmada por el solicitante notificando y argumentando debidamente dicha circunstancia.
- Permiso de intervención del IPCC en caso de que se localice en la jurisdicción y competencia del mismo.
- Plan de Manejo Ambiental de RCD (Solo grandes generadores, resolución 658 de 2019 Art. 3) y Anexos correspondientes al PMA-RCD (Verificar lista)
- Soporte del pago del PIN
Requisitos para PIN Transportador:
Copia de documento de Identificación: Cédula (Persona Natural) o Certificado de Cámara
de Comercio (Empresa).
- Copia del RUT Persona Natural o Empresa
- Licencia de Tránsito del Vehículo (Tarjeta de Propiedad)
- Certificado de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes
- Permiso de movilidad del tránsito (En caso de que aplique)
- 4 fotos del vehículo (por delante, por detrás y una por cada lado)
- Original del volante de consignación del pago del PIN (Escanear comprobante de pago o pantallazo PSE)
- SOAT

El PIN generador tiene un costo de $325.000 y el PIN transportador de $260.000.

Todas esta documentación con soportes deberá ser enviado al correo atencionalciudadano@epacartagena.gov.co Estas solicitudes tienen un plazo para responderse de 11 días hábiles luego de ser radicadas, pero suelen responderse antes de este tiempo dependiendo del volumen de solicitudes que se den en simultáneo.

Para mayor información pueden escribir a través del whatsapp 3012106719 o acercarse a las oficinas del EPA Cartagena ubicadas en Manga, edificio Seaport de lunes a viernes de 8am a 12 pm y de 1 a 5pm. También pueden ingresar a la pág web del epacartagena@gov.co a través de Trámites y Servicios y descargar el formato para solicitar el PIN correspondiente.


Fin del comunicado No. 4.452

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