DATT detecta a un conductor de buseta de transporte público manejando en estado de embriaguez

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Cartagena de Indias, D. T. y C., 21 de octubre de 2024. El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, en su servicio de prevenir siniestros viales y cuidar la vida de los usuarios de las vías, detectó a un conductor de una ruta urbana de transporte de pasajeros, conduciendo en estado de embriaguez.

En la Avenida Rafael Núñez, sector de la Transformación, en un  operativo de seguridad vial agentes de tránsito practicaron pruebas de alcoholemia a conductores de transporte público individual y colectivo, y uno de ellos dio positivo para primer grado de alcoholemia.

La buseta fue inmovilizada y se aplicó la Ley 1548 de 2012, que precisa que, al conducir bajo la ingesta de alcohol en primer grado, se suspende la licencia de conducir hasta por 3 años. Sin embargo, será el inspector de tránsito el encargado de decidir cuál es la sanción final, teniendo en cuenta el debido proceso. El vehículo se inmoviliza por 3  días y una multa de 180 salarios mínimos diarios legales vigentes. La norma elimina el beneficio de reducción de multas para estas conductas.

“Con los agentes de tránsito seguiremos haciendo controles en la vía, en especial, en esta época de Fiestas de Noviembre y Fin de Año, para prevenir siniestros viales”, manifestó el director del DATT, José Ricaurte.

En el mismo operativo fueron inmovilizados 5 vehículos particulares, 2 por revisión tecnicomecánica vencida, 1 por alcoholemia y 2 por transporte informal.

Es de recordar que la revisión tecnicomecánica permite determinar el buen funcionamiento de los vehículos automotores (carros, motos, buses), para evitar accidentes por fallas mecánicas, así como para apoyar las medidas de cuidado al medio ambiente. Esta infracción tiene una multa  de 15  salarios mínimos diarios legales vigentes.

En cuanto al transporte informal, un vehículo solo debe ser usado para lo que termina su licencia de tránsito. Si es de servicio particular, no debe ser utilizado para transporte público.

Ten en cuenta
Grados de alcoholemia (Ley 1696 de 2013 ) 
GRADO 0:
•    PRIMERA VEZ: 
    Multa de 90 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Suspensión licencia de conducción por un año 
    Vehículo se inmoviliza por 1 día

•    SEGUNDA VEZ
    Multa de 135 salarios mínimos diarios legales vigentes 
    Suspensión licencia de conducción por un año 
    Vehículo se inmoviliza por 1 día

•    TERCERA VEZ
    Multa de 180 salarios mínimos diarios legales vigentes 
    Suspensión licencia de conducción por 3 años 
    Vehículo se inmoviliza por 3 días

GRADO I
•    PRIMERA VEZ 
    Multa de 180 salarios mínimos diarios legales vigentes 
    Suspensión licencia de conducción por 3 años 
    Vehículo inmovilizado por 3 días


•    SEGUNDA VEZ
    Multa de 370 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Suspensión de la licencia por 6 años 
    Vehículo inmovilizado por  5 días

•    TERCERA VEZ
    Multa de 360 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Se cancela licencia 
    Vehículo se inmoviliza por 10 días

GRADO II
•    PRIMERA VEZ
    Multa de 360 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Suspensión de la licencia por 5 años 
    Vehículo inmovilizado por  6 días

•    SEGUNDA VEZ
    Multa de 540 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Suspensión de la licencia por 10 años 
    Vehículo inmovilizado por  10 días

•    TERCERA VEZ
    Multa de 720 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Cancelación de la licencia 
    Vehículo inmovilizado por 20 días

GRADO III
•    PRIMERA VEZ
    Multa de 720 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Suspensión de la licencia por 10 años 
    Vehículo inmovilizado por  10 días

•    SEGUNDA VEZ
    Multa de 1080 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Cancelación de la licencia  
    Vehículo inmovilizado por 20 días

•    TERCERA VEZ
    Multa de 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes
    Cancelación de la licencia 
    Vehículo inmovilizado por 20 días

Por negarse a la prueba se impone una multa de 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes, cancelación de la licencia y el vehículo se inmoviliza por 20 días.


Fin del Comunicado No. 2.113

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