Alcaldía de Cartagena ratifica desalojo de establecimientos en Chambacú

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En decisión de segunda instancia, la Secretaría del Interior dejó en firme la orden policiva de recuperación del espacio público.

Cartagena de Indias D. T. y C., 28 de febrero de 2025. El pasado 31 de enero, la Inspección de Policía de la Comuna N. 2 ordenó el restablecimiento del espacio público por distintos establecimientos y asentamientos irregulares en un área total de 7.404,17 m2 en Chambacú, contiguo a la carrera 14 y en las inmediaciones de un reconocido local de venta de muebles.

Todo este proceso inició el 18 de febrero de 2020, cuando la Inspección de Policía aceptó una querella policiva, presentada por el Distrito, contra múltiples negocios como talleres, cantinas, estaderos, parqueaderos que invaden suelo público hace décadas en el sector.

Después de diversas audiencias públicas a través de los años, en los que nunca hubo conciliación entre las partes, la inspectora Luz Marina Villamil, reconocida por liderar la recuperación del predio de Aquarela, desestimó todas las recusaciones presentadas por los propietarios de los negocios y ordenó el desalojo definitivo, en decisión de primera instancia.

Por ende, como autoridad de segunda instancia, le tocó a la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana de Cartagena revisar el caso de restitución, recuperación y protección del inmueble, en el que por años ha habido denuncias de situaciones de orden público, inseguridad, mala disposición de residuos y basuras, contaminación y presunto microtráfico y actividades sexuales.

Cabe recordar que dos tutelas instauradas en las últimas semanas fueron desestimadas por los juzgados que las tramitaron, teniendo el proceso de desalojo dichos avales judiciales.

El pasado martes 25 de febrero, la Secretaría del Interior, en decisión de orden judicial, dejó en firme la orden policiva de recuperación del espacio público, en aras de proteger los derechos reales del Distrito de Cartagena de Indias y, por lo tanto, al procedimiento subyace el interés general.

“En consecuencia, no es posible admitir que de una ocupación irregular deriven derechos de propiedad o posesión para los querellados, máxime cuando se advierten condiciones precarias que ponen en riesgo la propia vida e integridad física de los accionantes. En este sentido, de conformidad con los presupuestos anteriormente expuestos y los hechos narrados en la presente acción policiva, se puede inferir que se ha configurado una ocupación irregular o ilegal de un bien de uso público, que conlleva a una perturbación, alteración o interrupción a la posesión o mera tenencia del inmueble”, expuso el Distrito.

Por consiguiente, el secretario Bruno Hernández confirmó la decisión adoptada por la Inspección de Policía de la Comuna 2, declarando improcedentes todas las recusaciones a la decisión de primera instancia, y ordenó la restitución y protección del bien inmueble a favor de la ciudad. Contra esta decisión no procede recurso alguno.

Fin del comunicado No. 272

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