INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL CONTROL FISCAL: SEGUIMIENTO PERMANENTE Y SELECCIÓN ALGORÍTMICA: FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL Y LÍMITES JURÍDICOS
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Resumen:
El Acto Legislativo 04 de 2019 incorporó al artículo 267 de la Constitución Política de Colombia el seguimiento permanente al recurso público, el control preventivo y concomitante en tiempo real mediante el uso de tecnologías de la información y la inoponibilidad de la reserva legal frente a los órganos de control fiscal. Este artículo examina las consecuencias jurídicas de esa reforma para la incorporación de herramientas de inteligencia artificial (IA) en el ejercicio de la función de las contralorías territoriales en Colombia, con énfasis en el control fiscal territorial. El objetivo es determinar bajo qué condiciones jurídicas la IA puede fortalecer la vigilancia de la gestión fiscal sin desnaturalizar la función constitucional de fiscalización ni erosionar las garantías que rigen la actuación de las autoridades públicas. El artículo es de carácter jurídico-dogmático, cualitativo y documental: se apoya en el análisis de fuentes normativas y jurisprudenciales colombianas verificadas en repositorios oficiales y en un corpus de literatura científica sobre IA aplicada a la gestión y al control de los recursos públicos; no incorpora trabajo de campo ni resultados empíricos propios. Se sostiene que la reforma de 2019 convirtió la capacidad informacional de los órganos de control en presupuesto de eficacia de una competencia constitucional, de modo que el empleo de analítica avanzada e IA como apoyo al juicio del fiscalizador no exige una habilitación legal específica adicional. Pero al desplazar el control hacia momentos anteriores a la decisión administrativa, esa misma reforma trasladó el riesgo jurídico principal desde la decisión automatizada: problema en buena medida contenido por las exigencias de competencia y motivación, hacia la selección y priorización algorítmica de sujetos y objetos de control, que hoy carece de forma jurídica propia. El aporte del artículo consiste en delimitar esa zona de indeterminación y en fundamentar, desde el ordenamiento vigente, un régimen de gobernanza algorítmica exigible a las contralorías.