Plan de Desarrollo de Cartagena: uno de los pocos entre ciudades capitales de Colombia que incluyó un capítulo étnico

Categoria
imagen autor Por
Prensa
|
Compartir

Este capítulo busca la garantía de derecho digno a las comunidades Negras, Afrocolombiana, Raizales, Palenqueras e Indígenas (pueblos Kankuamos, Inga y Zenúes), que habitan en Cartagena, con el fin de fortalecer su autonomía, brindar protección de sus derechos, mejorar las condiciones de vida a través de la implementación de medidas concertadas en la gestión del desarrollo integral, y en el marco de la garantía de los derechos humanos individuales y colectivos.

Cartagena de Indias, D. T. y C.,  21 de mayo de 2024– El Plan de Desarrollo de Cartagena se destaca a nivel nacional. Fue el único, entre las ciudades capitales de Colombia, que incluyó un capítulo especial para los pueblos y comunidades étnicas.

El enfoque diferencial étnico se sustenta en la Constitución Política de 1991, que reconoce al país como pluriétnico y multicultural, manifestado en la presencia de los pueblos indígenas, de comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, reconocidos como sujetos de derechos fundamentales y consagra, como éstos se relacionan con la diversidad cultural y lingüística, la identidad, la participación y la autonomía, el derecho a ser reconocidas dignamente sus manifestaciones culturales, en igualdad a los demás que conviven en el país.

Qué propone el Plan de Desarrollo para las comunidades étnicas

El Plan de Desarrollo “Cartagena, Ciudad de Derechos”, maneja de forma transversal el enfoque étnico en todas las metas establecidas, adicionalmente, en su capítulo ‘pueblos y comunidades étnicas’ propone un programa de fortalecimiento de la gobernanza y la participación de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras en la estrategia de Seguridad Humana, así como la creación e implementación del primer Observatorio del Desarrollo de Comunidades Negras del Distrito. También propone la presentación de nuevos Títulos Colectivos ante la Agencia Nacional de Tierras a través de los Consejos Comunitarios.

Para el desarrollo humano de estas comunidades, en materia de educación, se creará una mesa de expertos en etnoeducación (MEET) para realizar seguimiento a la implementación de la cátedra de estudios Afrocolombiano y a la transición hacia los Planes Educativos Comunitarios (PEC); en la misma línea, se ampliarán las becas inclusivas, también se otorgarán subsidios para mejoramientos de vivienda, en salud se conformarán Redes Étnica Diferencial para adecuación sociocultural de promoción y mantenimiento de salud en las zonas urbanas y rurales.

Y, por último, para el fortalecimiento de la participación comunitaria, se propone un programa de desarrollo local que busca la protección y restauración de ecosistemas de los territorios Negros de Cartagena, la generación de ingresos y la garantía de participación de estas comunidades en los procesos de elaboración de los macroproyectos y planes de ordenamientos del territorio.

Para las comunidades indígenas, el Distrito realizará asistencias técnicas con el fin de articular con entidades nacionales la adquisición de terrenos para la conformación de un solo territorio para los tres pueblos: ZENU, INGA, KANKUAMO; en el mismo sentido, se finalizará la reubicación del Cabildo Indígena CAIZEM. El documento también expresa la creación de un espacio para la implementación del Centro de Estudio de Pensamiento Mayor Indígena-CEMI. También se generaron apuestas para la garantía de los derechos de educación, salud y generación de ingresos.

Un proceso amplio y participativo

La Ley 70 de 1993, enmarca la autonomía de los pueblos negros de Colombia, en su artículo 49 expresa que el diseño, ejecución y coordinación de los planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social que adelanten los gobiernos y la Cooperación Técnica Internacional para beneficio de las comunidades negras, deberá hacerse con la participación de los representantes de tales comunidades, a fin de que respondan a sus necesidades particulares.

El mismo panorama se distingue para los pueblos indígenas, donde sus derechos colectivos se enmarcan dentro Convenio169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT.

El proceso de formulación del capítulo étnico del Plan de Desarrollo fue concertado entre las comunidades étnicas y la Secretaría de Planeación Distrital, en alineación con el Plan Nacional de Desarrollo “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. Durante las socializaciones estas comunidades dejaron sentadas sus propuestas en varios encuentros que tuvieron lugar en sus territorios y en la Alcaldía de Cartagena.

La construcción contó con dos fases, la primera, una fase interna integrada por una comisión de expertos donde se debatieron las problemáticas puntuales de los consejos comunitarios, las organizaciones de base y los cabildos indígenas.  La segunda fase, consistió en la estructuración de las apuestas estratégicas del capítulo, concertadas entre las comunidades étnicas y la administración Distrital con sus diferentes dependencias.

Si quieres conocer el capítulo para los pueblos y comunidades étnicas, ingresa a https://planeacion.cartagena.gov.co/ y conoce todos los detalles.

Fin del comunicado No. 959

¿Te pareció útil este contenido?

Average: 2 (1 vote)

Noticias relacionadas

TE PUEDE INTERESAR

Guacamaya
Información
Sep 19, 2024
EPA Cartagena traslada guacamayas para su rehabilitación y liberación
imagen autor Prensa
Compartir
Baluarte
Información
Sep 19, 2024
Etcar avanza en la reparación del solado del baluarte de San Pedro Mártir
imagen autor Prensa
Compartir
Café del Mar
Información
Sep 19, 2024
Desalojo definitivo: Café del Mar pierde tutela contra la Alcaldía de Cartagena
imagen autor Prensa
Compartir