EPA Cartagena ha impuesto 90 medidas preventivas por exceso de ruido en 2024

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Cartagena de Indias D. T. y C., 29 de agosto de 2024. Hoy, Día Internacional contra el Ruido, el Establecimiento Público Ambiental, EPA Cartagena, reitera que cada vez son más las acciones ejercidas por la entidad para el control de emisiones sonoras que superan los niveles permitidos por la normatividad ambiental. Este año han sido impuestas 90 medidas preventivas por excesivo ruido.

Para apoyar este tema de operatividad, la entidad se propone la creación y puesta en funcionamiento de un (1) Centro Inteligente para el Monitoreo Ambiental de Cartagena que permita llevar a cabo procesamientos de la información que determine el comportamiento futuro de los indicadores ambientales, facilitando la toma de decisiones en las acciones de recuperación, mitigación y protección ambiental.

En esta fecha, Día Internacional contra el Ruido, EPA Cartagena también destaca que durante este año la entidad ha liderado 102 operativos en conjunto con otras autoridades distritales y de Policía, coordinadas en el Plan Titán del Distrito y en operaciones individuales. El grupo operativo de la autoridad ambiental ha ejecutado 35 acciones de control de ruido en establecimientos comerciales.

El director del EPA Cartagena, Mauricio Rodríguez, señala que es obligación de los propietarios y/o administradores de los establecimientos abiertos al público dar cumplimiento a la normatividad ambiental vigente en Colombia; en el caso referente al aire (Ruido), Decreto 948 del 1995, Resolución 0627 del 2006 y Resolución 8321 de 1983.

Todos estos establecimientos que son abiertos y aquellos que en su actividad son cerrados, pero las emisiones sonoras trascienden al medio exterior, deberán de manera inmediata realizar los trabajos locativos necesarios para impedir que estas emisiones salgan al exterior de sus establecimientos, causando afectación a los residentes vecinos.

De igual manera, la advertencia es para aquellos establecimientos que vienen funcionando en áreas abiertas como terrazas, patios interiores o azoteas y que no cuentan con las debidas protecciones por la infraestructura que poseen y no logran evitar que las emisiones sonoras permanezcan en su propiedad, lo que viene causando molestias en horarios nocturnos a residentes de esos sitios.

Según revela el Mapa de Ruido elaborado por EPA Cartagena, los días diurnos ordinarios el promedio de cumplimiento en cuanto a decibeles se refiere va hasta un 6.4%, mientras que en esos días ordinarios en jornada nocturna se baja hasta un 0.7%.

Los domingos la situación tiende a empeorar. En el día se obtiene un promedio de 12.1% de cumplimiento en cuanto a decibeles permitidos y en la noche un 2.9%, en incluso hasta cero en algunas zonas.

Los domingos hay zonas donde se superan los 80 decibeles, siendo que lo máximo en zonas de diversión es hasta 70 en el día y 60 en la noche, mientras que en residenciales es hasta 55 db. El mayor aportante de ruido en estas localidades es de parte del parque automotor.

El uso excesivo de pitos y cornetas es notorio en las vías principales, seguido por los establecimientos comerciales abiertos al público (bares, discotecas, entre otros).

Para tener en cuenta

Es importante que la comunidad identifique la fuente generadora de ruido y denuncie ante la autoridad correspondiente, con el propósito de obtener una solución efectiva a su solicitud.

Si el ruido es generado por espectáculos públicos, establecimientos de comercio y de servicio como discotecas, bares, restaurantes debe comunicarse con el EPA Cartagena, denunciando al correo atencionalciudadano@epacartagena.gov.co

Cuando el ruido es generado por cualquier dispositivo usado en vehículos (cornetas, resonadores y chivas rumberas), debe comunicarse con el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte.

Si el ruido lo generan vecinos rumberos, fiestas, actividades domésticas, vendedores ambulantes y estacionarios que usen equipos de amplificación, debe comunicarse con la Policía Metropolitana marcando a la línea 123.

Hay ruidos generados por actividades, aparatos o equipos que no trascienden al espacio público (frente a la fachada del edificio), pero sí a otros predios colindantes. Un ejemplo de esto es el que se percibe al interior de una vivienda, el proveniente de un establecimiento de comercio o empresa a través de las paredes internas. En este caso, debe comunicarse con el Departamento Administrativo de Salud, DADIS.


Fin de comunicado No. 1.699

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