DATT detecta a conductor de taxi manejando en estado de embriaguez

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En lo que va de 2024, el DATT ha impuesto 12 comparendos a igual número de conductores de transporte público.

Cartagena de Indias, D. T. y C., 15 de octubre de 2024*.- En su misión de cuidar la vida en la vía, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, en un operativo preventivo de seguridad vial identificó a un conductor de taxi que manejaba en estado de embriaguez.

En Avenida Rafael Núñez, sector de la Transformación, agentes de tránsito practicaron pruebas de alcoholemia a conductores de transporte público individual y colectivo. Al ser abordado, el conductor de un taxi al que le fue realizada la prueba en el alcohosensor, dio positivo para primer grado de alcoholemia.

La Ley 1548 de 2012 contempla que conducir bajo la ingesta de alcohol en primer grado se suspende la licencia de conducir hasta por 3 años , pero será el inspector de tránsito el encargado de decidir cuál es la sanción final, teniendo en cuenta el debido proceso; además, el vehículo se inmoviliza por 3  días y una multa de 180 salarios mínimos diarios legales vigentes. La norma elimina el beneficio de reducción de multas para estas conductas.

El director del DATT, José Ricaurte, rechazó este mal comportamiento e invitó a propietarios y gerentes de empresas de transporte público a verificar a quién le entregan sus vehículos, para evitar siniestros que lamentar. “Ellos son los que transportan a nativos y visitantes, deben brindar confianza a sus usuarios de que se movilizan en un transporte confiable y seguro. No queremos más muertos en las vías de la ciudad, a causa de conductores que manejan bajo la ingesta de alcohol”, dijo Ricaurte.

Este fin de semana, en un operativo de control liderado por el director del DATT, José Ricaurte, se impusieron  3 comparendos a igual número de conductores de este transporte público, que no portaban la tarjeta de control, documento que contiene las tarifas autorizadas de las carreras de taxi.

El Director del DATT manifestó que continuará con operativos de control y medidas severas para proteger vidas en la vía y fomentar el transporte responsable y legal en la ciudad.

Grados de alcoholemia (Ley 1696 de 2013 ) 
GRADO 0:
•    PRIMERA VEZ: 
Multa de 90 salarios mínimos diarios legales vigentes
Suspensión licencia de conducción por un año 
Vehículo se inmoviliza por 1 día

•    SEGUNDA VEZ
Multa de 135 salarios mínimos diarios legales vigentes 
Suspensión licencia de conducción por un año 
Vehículo se inmoviliza por 1 día

•    TERCERA VEZ
Multa de 180 salarios mínimos diarios legales vigentes 
Suspensión licencia de conducción por 3 años 
Vehículo se inmoviliza por 3 días

GRADO I
•    PRIMERA VEZ 
Multa de 180 salarios mínimos diarios legales vigentes 
Suspensión licencia de conducción por 3 años 
Vehículo inmovilizado por 3 días


•    SEGUNDA VEZ
Multa de 370 salarios mínimos diarios legales vigentes
Suspensión de la licencia por 6 años 
Vehículo inmovilizado por  5 días

•    TERCERA VEZ

Multa de 360 salarios mínimos diarios legales vigentes
Se cancela licencia 
Vehículo se inmoviliza por 10 días

GRADO II
•    PRIMERA VEZ
Multa de 360 salarios mínimos diarios legales vigentes.             Suspensión de la licencia por 5 años                                              Vehículo inmovilizado por  6 días

•    SEGUNDA VEZ
Multa de 540 salarios mínimos diarios legales vigentes
Suspensión de la licencia por 10 años 
Vehículo inmovilizado por  10 días

•    TERCERA VEZ
Multa de 720 salarios mínimos diarios legales vigentes
Cancelación de la licencia 
Vehículo inmovilizado por 20 días

GRADO III
•    PRIMERA VEZ
Multa de 720 salarios mínimos diarios legales vigentes
Suspensión de la licencia por 10 años 
Vehículo inmovilizado por  10 días

•    SEGUNDA VEZ
 Multa de 1080 salarios mínimos diarios legales vigentes
Cancelación de la licencia  
Vehículo inmovilizado por 20 días

•    TERCERA VEZ
Multa de 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes
Cancelación de la licencia                                                    Vehículo inmovilizado por 20 días

Por negarse a la prueba se impone una multa de 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes, cancelación de la licencia y el vehículo se inmoviliza por 20 días.

Fin del Comunicado No. 2.069

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