Atención: Enajenadores de proyectos de vivienda deben radicar su información financiera ante la Dirección de Control Urbano

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Hasta el próximo 30 de abril, tendrán plazo de presentar la documentación correspondiente al año 2022, de no hacerlo incurrirían en sanciones y multas.

Cartagena de Indias D. T. y C; 30 de marzo de 2023. La Ley 66 de 1968 y el Decreto Distrital 1391 de 2022, exigen que los enajenadores de proyectos de vivienda radiquen anualmente ante la Dirección de Control Urbano, la información financiera de sus empresas correspondiente al año 2022. Tienen plazo de presentar la documentación requerida hasta el 30 de abril del presente año. 

De acuerdo al decreto, la documentación debe incluir el estado de la situación financiera a corte de 31 de diciembre del año anterior, estado de resultados, con las revelaciones y notas de los estados financieros, firmado por el representante legal, por el contador público que lo preparó y por el revisor fiscal, cuando exista.

Los documentos solicitados deben ser radicados en la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano de la Alcaldía de Cartagena, con destino a la Dirección de Control Urbano. 

El incumplimiento de este requisito es causal de sanciones y multas. Asimismo, es necesario recordar que el enajenador que no radique los documentos de los proyectos de vivienda podrá verse inmerso en el delito de urbanización ilegal, el cual se encuentra definido en el artículo 318 de la Ley 599 de 2000 - Código Penal Colombiano; por esta conducta, tendría que asumir multas hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes o prisión de tres (3) a siete (7) años. En caso de ser personas jurídicas, la responsabilidad será asumida por los representantes legales y los miembros de la junta directiva que hayan participado en la conducta infractora. 

“Los enajenadores de vivienda tienen hasta el 30 de abril de este año para registrar la información financiera de sus proyectos, con corte a 31 de diciembre del 2022. Invitamos a todos los enajenadores de vivienda que cumplan con esta obligación y de esa manera permitan que la Dirección de Control Urbano cumpla adecuadamente con sus funciones de inspección, vigilancia y control”, afirmó Carlos Martínez Marulanda, director de Control Urbano. 

La información financiera suministrada por los constructores será verificada por la Dirección de Control Urbano, en caso de encontrarse con irregularidades, se citará al interesado para que la corrija o aclare. Además, como parte de las estrategias de vigilancia y control, se le realizará seguimiento al proyecto para garantizar que el plan de vivienda y las relaciones contractuales con los potenciales adquirentes, se estén desarrollando conforme a los documentos radicados. 

Para consultar la información, pueden ingresar a la página web controlurbano.cartagena.gov.co, también tienen la opción de recibir orientación a través de la línea de whatsapp habilitada para la atención ciudadana, disponible en el botón “canales de comunicación” de la misma página.

Fin del comunicado 493

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