Habilitan jornadas extraordinarias para la firma de contratos de subsidios de arriendo a damnificados de olas invernales anteriores y San Francisco

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Las jornadas continuarán realizándose en la Mega biblioteca del Pie de la Popa los días 23, 24 y 27 de febrero.

Cartagena de Indias D.T y C; 20 de febrero de 2023. La Oficina Asesora para la Gestión del Riesgo de Desastres (OAGRD) estableció el cronograma de las jornadas extraordinarias para la suscripción de contratos de arriendo a damnificados de olas invernales anteriores (2004, 2007, 2010, 2011), falla de San Francisco y sentencias judiciales para la vigencia 2023, que no pudieron asistir en las jornadas programadas hasta este 20 de febrero.

La atención se adelantará los día jueves 23 de febrero, viernes 24 y lunes 27 en las instalaciones de la Mega biblioteca del Pie de la Popa, bajo la modalidad de pico y cédula. La atención se dará de acuerdo al último dígito de la cédula del damnificado, de  la siguiente manera:

- Cédulas terminadas en 1, 2 y 3 - Jueves 23 de febrero     
- Cédulas terminadas en 4, 5 y 6 - Viernes 24 de febrero 
- Cédulas terminadas en 7, 8, 9 y 0 - Lunes 27 de febrero

Durante las jornadas efectuadas entre el 1 y este 20 de febrero, cerca del 64% de los damnificados listados en este beneficio asistieron, por lo que la OAGRD realizó un llamado para que no dejen pasar estas fechas y así se pueda proceder oportunamente con el pago del trimestre de manera puntual, como ha sido la costumbre de esta administración.

La entidad también recordó que el trámite es estrictamente presencial y se requiere de la asistencia tanto del arrendador como del arrendatario. "La atención se hará en horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. y reiteramos la importancia de acudir con la documentación requerida con arrendador y arrendatario. No acuda a intermediarios", señaló Fernando Abello, director de la OAGRD.

En caso de que el arrendador no pueda asistir, será necesario presentar un poder firmado y con huella para delegar a otra persona. La OAGRD pidió tener en cuenta que, a la hora de firmar el poder, se especifique si la autorización es solo para la firma del formato único de contrato o también para recibir el subsidio.

Los requisitos necesarios para la suscripción de estos contratos:

- El trámite es ÚNICAMENTE PRESENCIAL, para damnificado y arrendador

- Certificado bancario del arrendador ORIGINAL, para casos de 2004 corresponde al damnificado

- Copia de un recibo de servicios públicos, puede ser de agua potable, de gas natural y/o de energía, con antigüedad no mayor a dos meses.

- La dirección del inmueble debe coincidir con las facturas de servicios públicos y el lugar donde reside actualmente el damnificado con su núcleo familiar.

- RUT del arrendador, para casos de 2004 corresponde al damnificado.

- Copia de cédula del arrendador y el arrendatario.

Fin del comunicado 215

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