Atención y Servicios a la ciudadanía
Invitamos a todos los ciudadanos a radicar las PQRSD a través de nuestro canal virtual.
El canal virtual está disponible las 24 horas / 7 días a la semana.
A cada PQRSD recibida se le asigna un código de radicación y contraseña qué es enviada al correo electrónico del ciudadano dentro del horario laboral de 8:00 a.m - 4:00 p.m.
Realizar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRDS)
Por favor tenga en cuenta las siguientes definiciones para establecer el tipo de solicitud a presentar y los términos de respuesta.
Puedes hacer seguimiento a la respuesta de la PQRSD ingresando el código o radicado en el siguiente link:
Agendar Citas Presenciales para Orientación al Ciudadano
Documentos e informes
Paginación
2023
- 23-11-INFORME PQRSD.PDF
- 23-10-INFORME PQRSD.PDF
- 23-09-INFORME PQRSD.PDF
- 23-08-INFORME PQRSD.PDF
- 23-07-INFORME PQRSD.PDF
- 23-06-INFORME PQRSD.PDF
- 23-05-INFORME PQRSD.PDF
- 23-04-INFORME PQRSD.PDF
- 23-03- INFORME PQRSD.PDF
- 23-02- INFORME PQRSD
- 23-01-INFORME-PQRSD.pdf
2022
- 22-12-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-11-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-10-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-09-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-08-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-07-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-06-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-05-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-04-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-03-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-02-INFORME-PQRSD.pdf
- 22-01-INFORME-PQRSD.pdf
2021
2019
2018
Acuerdos
Decretos
- Decreto 1395 25 de OCTUBRE 2023.pdf
- Decreto 1594 DE DICIEMBRE DE 2013.pdf
- Decreto 219 DE FEBRERO DE 2017.pdf
Guías y manuales
Políticas
Otros
Atención y Servicios a la ciudadanía
BIENVENIDOS ¡ESTAMOS PARA SERVIRLE! Con el objetivo de brindarle un mejor servicio a continuación, responderemos inquietudes sobre la atención que brindamos a los ciudadanos de Cartagena de indias.
Para esta respuesta, debemos hacer remisión normativa al artículo 16 de la Ley 1755 de 2015 que establece el contenido mínimo de una petición:
“Artículo 16. Contenido de las peticiones. Toda petición deberá contener, por lo menos:
- La designación de la autoridad a la que se dirige.
- Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.
- El objeto de la petición.
- Las razones en las que fundamenta su petición.
- La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.
- La firma del peticionario cuando fuere el caso.”
Los ciudadanos podrán acceder a nuestros canales habilitados de atención.
CANAL PRESENCIAL y CANAL VERBAL:
- Centro. Palacio de la Aduana, dirección: Centro diagonal 30 # 30 – 78. Horario 8:00a.m. a 4:00p.m. Jornada continua
- Centro. Edificio Antiguas Empresas Públicas Municipales, dirección: Carrera 10 No 32. Horario: 8:00a.m. a 12:00am y 2:00pm a 4:00p.m.
- Centro. Barrio Getsemaní. Casa Fátima. Sede DADIS, dirección: Carrera 10b No 25-10. Horario: 8:00a.m. a 4:00pm. Jornada continúa
- Espinal, sede DATT, dirección: Carrera 14 No 31ª-15. Horario: 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
- Localidad 1 Sede alcaldía Santa Rita. Dirección: Calle 54 # 17-26. Horario: 8:00 a 3:30 p.m. Jornada continua.
- Localidad 2. Barrio Chiquinquirá. Casa de Justicia de Chiquinquirá, dirección: Carrera 58 No 31 C 64. Horario: 8:00a.m. a 3:00p.m. Jornada continua.
- Localidad 3. Barrio el Socorro. Biblioteca Distrital Jorge Artel, dirección: Cra. 71 #29-100. Horario: 8:00a.m. a 4:00p.m. Jornada continua.
CANAL VIRTUAL:
Tenemos a disposición el formulario web de radicación mediante dirección: https://sigob.cartagena.gov.co/pqrsd/ o https://app.cartagena.gov.co/pqrsd/
Teléfono: (+57) 605 641 13 70 - Horario: 8:00 am a 4:00 pm de lunes a viernes
Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en el Código Contencioso Administrativo, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.
Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le preste un servicio, pedir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.
Salvo norma legal especial en contrario y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción en la entidad.
Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:
Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción.
Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.
Puedes hacer seguimiento a tu solicitud, por medio de la Opción Sigue tu Correspondencia o por medio del enlace https://sigob.cartagena.gov.co/seguimientocorrespondencia/, ingresando el código de radicación asignado en el momento de registro, y la contraseña que registra dicho código.