¿Qué es la Enajenación de Vivienda?

De acuerdo con lo señalado el artículo 2° de la Ley 66 de 1968 modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 2610 de 1979 se entiende por actividad de enajenación de inmuebles, la transferencia de dominio a título oneroso de las unidades resultantes de:

  1. Toda la división material de predios.
  2. La adecuación de terrenos para la construcción de viviendas.
  3. Edificación o construcción de viviendas en unidades independientes o por el sistema de propiedad horizontal.

Igualmente se considera enajenación el celebrar promesas de venta, recibir anticipo de dineros o cualquier otro sistema que implique la recepción de estos, por ejemplo, los contratos de vinculación como beneficiarios de áreas entre otros, cuyo fin sea la de transferir el dominio.

La enajenación de inmuebles se entiende como una actividad económica cuando las unidades habitacionales proyectadas o autorizadas sean cinco (5) o más.

 

Trámites ante la Dirección de Control Urbano

La Ley 66 de1968, otorgó las facultades de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda al Superintendente Bancario, estas funciones fueron asignadas al Distrito como beneficiario de la cesión del IVA mediante la Ley 78 de 1987. El Concejo Distrital de Cartagena asigno estas funciones a la Dirección de Control Urbano mediante el Acuerdo 24 de 2004, por lo cual ante esta dirección se deben presentar los siguientes tramites:

Registro de Enajenador

Definición: Es la inscripción de quien pretende desarrollar actividades de venta de inmuebles destinados a vivienda o planes de vivienda por el sistema de autogestión, participación comunitaria o autoconstrucción.

El registro se hará por una sola vez y se entenderá vigente hasta que el interesado solicite su cancelación y la Dirección de Control Urbano estime procedente su cancelación.

Requisitos: (verificables en el mismo formato para facilitar el registro)

  • Formulario de solicitud debidamente diligenciado y firmado PTDCU01-F001.
  • Balance general y Estado de Perdidas con corte a un mes anterior a la solicitud firmado por contador.
  • Tarjeta Profesional del contador y Certificado de Vigencia y antecedentes.
  • Estampilla de tesorería distrital
  • Certificado de representación legal no superior a un mes (personas jurídicas)
  • RUT
  • Para Organizaciones Populares de Vivienda – OPV adicionalmente:
    • Escritura de Constitución y Reformas   
    • Estatutos           
    • Resolución de reconocimiento de personería Jurídica

Radicación Calificada:

  • Se revisa que el solicitante se encuentre registrado en la base de datos de la entidad como enajenador.
  • Con el formulario de Solicitud y toda la documentación en regla el usuario quedara registrado como enajenador.
  • Recomendamos acercarse a la Dirección de Control Urbano para que un funcionario revise su solicitud antes de radicar.
  1. Primer Paso: Reunir la documentación Completa
  2. Segundo Paso: Acercarse a la Dirección de Control Urbano para que revisen su solicitud antes de radicarla
  • Se revisa que la documentación este completa y coincida con la información del formulario.
  • Si la solicitud no está completa se le devuelven los documentos para que pueda completarlos.
  1. Tercer Paso: Radicar en la ventanilla de Atención a la Ciudadanía
  • Con el formulario de Solicitud y toda la documentación en regla el usuario recibirá un numero de radicado.
  1. Cuarto Paso: Revisión de la Solicitud
  •  Una vez radicada la solicitud se remitirá a la Dirección de Control Urbano donde se realizará el análisis Jurídico y Financiero de los documentos.
  1. Quinto Paso: Se otorga el registro
  • Si la revisión Jurídica y Financiera son favorables quedara registrado como enajenador.

 

Radicación de documentos para enajenación de Vivienda

Definición: Entrega de documentos para poder promocionar, anunciar y desarrollar las actividades de venta de inmuebles destinados a vivienda.

Requisitos: (verificables en el formato PTDCU01-F006 para facilitar la Radicación)

  • Formulario de radicación debidamente diligenciado y firmado PTDCU01-F002.
  • Certificados de Libertad y Tradición de los inmuebles objeto de la solicitud, cuya fecha de expedición no sea superior a 3 meses.
  • Copia de los modelos de contratos.
  • El presupuesto Financiero del Proyecto PTDCU01-F007
    • Información General PTDCU01-F010
    • Información de Costos PTDCU01-F008
    • Informacion de Ventas PTDCU01-F009
    • Financiación PTDCU01-F007 y PTDCU01-F017
  • Licencia urbanística respectiva, salvo que se trate del sistema de preventas.
  • Acreditar que el acreedor hipotecario se obliga a liberar los lotes o construcciones que se vayan enajenando (en caso de hipotecas). PTDCU01-F013

Radicación Calificada:

  • Se revisa que el predio no esté en zonas de amenaza y que el proyecto cumpla con la normatividad vigente.
  • Con el formulario de Solicitud y toda la documentación en regla el usuario obtendrá un número de radicación que podrá comenzar a utilizar 15 días hábiles después de asignado.

Recomendamos acercarse a la Dirección de Control Urbano para que un funcionario revise su solicitud antes de radicar y evitar devoluciones.

  1. Primer Paso: Reunir la documentación Completa
  2. Segundo Paso: Acercarse a la Dirección de Control Urbano para que revisen su solicitud antes de radicarla
  • Se revisa por medio del formato PTDCU01-F006 que la documentación este completa y coincida con la información del formulario. (este formulario también puede ser usado por los enajenadores para verificar previamente que la información es correcta).
  • Se revisa que el solicitante se encuentre registrado en la base de datos de la entidad como enajenador.
  • Se revisa que el predio no esté en zonas de amenaza y que el proyecto cumpla con la normatividad vigente.
  • Si la solicitud no está completa se le devuelven los documentos para que pueda completarlos.
  1. Tercer Paso: Radicar en la ventanilla de Atención a la Ciudadanía
  • Con el formulario de Solicitud y toda la documentación en regla el usuario obtendrá un número de radicación que podrá comenzar a utilizar 15 días hábiles después de asignado.

Revisión de la documentación (no es un paso, hace parte de las funciones de Inspección Vigilancia y Control)

  •  Una vez radicada la solicitud se remitirá a la Dirección de Control Urbano donde se realizará el análisis Jurídico, Técnico y Financiero de los documentos para su seguimiento.